CDN acusa de nepotismo a Carmen Medina, directora del Distrito Escolar 12-02 de Yuma: «Soy transparente y honesta»

La Altagracia, RD.- El noticiario de televisión CDN denuncia que familiares de la directora del Distrito 12-02 de San Rafael del Yuma, en la provincia La Altagracia, están nombrados en el Ministerio de Educación (MINERD), en violación a varias leyes y artículos de la Constitución dominicana.

CDN dice que supuestos residentes en San Rafael del Yuma califican como falta disciplinaria, que seis familiares de Carmen Alexis Medina de los Santos, estén nombrados en la entidad educativa.

Según la información suministrada por el noticiario, los nombrados en la institución educativa son: Elizabeth Rodríguez Medina, hija de Carmen Alexis; Rafael Mercedes Medina de los Santos, hermano de la directora y su nuera Angélica María Guerrero Vargas.

Además su sobrino Epifanio Díaz Medina y dos primos conocidos como Francisco Medina y Héctor Lisandro Medina Núñez.

Carmen Medida se defiende de las acusaciones de unos denunciantes anónimos a través de CDN:

La profesora Carmen Medina de los Santos salió en su defensa señalando que desde su nombramiento ha realizado un trabajo responsable y con humildad.

En relación con la acusación de que ella ha nombrado familiares, respondió: «a quienes hicieron esa denuncia mal intencionada y dañina debo decirles que yo estoy enfocada en la finalización de este año escolar, donde muchos apostaban al fracaso hoy podemos decir que fue todo un éxito”.

“Ese éxito se debe gracias a la voluntad y entrega de nuestro señor presidente, Luis Abinader, y al sacrificio y esfuerzo del señor ministro de Educación, Dr. Roberto Fulcar”, resaltó.

Medina calificó las denuncias hechas al Noticiario de CDN como sin ninguna base de sustentación y, finalizó diciendo, que “siempre me he caracterizado por ser transparente y honesta”.

CDN manifiesta que el caso es símbolo de nepotismo del Partido revolucionario Dominicano (PRM) en San Rafael del Yuma.

La acción se refleja en el artículo 146 de la Constitución Dominicana que condena toda forma de corrupción en los órganos del Estado, como, por ejemplo, la persona que proporcione ventajas a sus asociados, familiares, allegados, amigos o relacionados.

Además, en su artículo 102, condena esta acción de la forma siguiente:

«Serán sancionado con las penas que la ley determine, todo aquel que, para su provecho personal sustraiga fondos públicos o prevaleciéndose de sus posiciones dentro del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas obtenga provechos económicos”.

Finalmente el Noticiario CDN cita la Ley de Función Pública, que establece esa y otras prohibiciones, y aunque no define jurídicamente el nepotismo, el Artículo 80, numeral 15, de la ley 41-08, sobre Función Pública, prohíbe el nepotismo al establecer que: “Prestar servicios en la misma institución que su cónyuge y quienes estén unidos por lazos de consanguinidad, hasta el segundo grado inclusive, cuando tuvieren relación de jerarquía”.

 

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