El juicio del caso Odebrecht cierra como una tragicomedia; solo con dos condenados: Rondón y Díaz Rúa
Las predicciones de la hoy procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, que no auguraba un futuro esperanzador para el caso Odebrecht, se cumplieron ayer con el fallo de las juezas del primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que declararon la absolución de cuatro de los implicados y condenaron solo a Ángel Rondón Rijo y a Víctor Díaz Rúa.
Las magistradas Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo tomaron su decisión por unanimidad y establecieron que Ángel Rondón fue la persona que recibió los sobornos por US$92 millones de parte de la constructora Odebrecht. Como consecuencia, lo condenaron a 8 años de prisión.
Sin embargo, el tribunal no varió la medida de coerción que pesaba en contra de Rondón, lo que quiere decir que este cumplirá su pena en una libertad condicionada al impedimento de salida del país y presentación periódica
Aunque, debido a la condena por soborno de comercio y la inversión, las juezas ordenaron que sean confiscadas a favor del Estado las empresas de Ángel Rondón. De acuerdo con el fallo, le quitarán las empresas Lashan Corp. y Constructores y Contratistas Conamsa S.R.L, además de todos los bienes muebles e inmuebles y los productos financieros que registren en entidades de intermediación financieras y de valores, nacionales y extranjeras.
“El tribunal colegiado establece como una premisa cierta que los contratos de consultoría de Ángel Rondón Rijo con Odebrecht constituyeron un mecanismo para justificar la erogación de los fondos desde el Departamento de Operaciones Estructuradas y legitimar su recepción…”, estableció el tribunal.
Las magistradas explicaron que la defensa de Ángel Rondón no aportó en el juicio “ninguna evidencia documental o testimonial para verificar que este empresario realizó coordinación, gestiones, tramites, o cualquier actividad para identificar, y promover la participación de Odebrecht en el mercado de la construcción de infraestructuras que se llevaban a cabo en el ámbito de la República Dominicana”.
Otra de las premisas sentadas por las juezas fue que los fondos recibidos de las transferencias realizadas por la empresa brasileña Odebrecht desde sector de Operaciones Estructuradas a las cuentas de Lasham Corp en el Mei Bank de Antigua y Barbuda y en el BSI Bahamas para el pago de los sobornos fueron transferidas a cuentas en dólares de Bancamerica a nombre Lasham Corp, pro- piedad del empresario Ángel Rondón Rijo.
El exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, también fue condenado. El tribunal encontró elementos de pruebas suficientes que comprometieron su responsabilidad penal con los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
En su caso, le impusieron una condena de 5 años de prisión, pero fuera de la cárcel. Así como lo leyó, ya que tampoco le fue variada la coerción de presentación periódica e impedimento de salida del país. Seguirá bajo esta medida cautelar por el tiempo de la pena.
El golpe duro que le asestó el tribunal al exministro de Obras Públicas fue cuando ordenó que le sean decomisados todos sus bienes.
De manera precisa, la sentencia ordena el decomiso a favor del Estado Dominicano de un inmueble en casa de Campo en La Romana, identificado como 50130671686, un condominio en la Torre Caney; el yate de recreo, color azul, marca Pershing, bautizado como “La Balbie”; la sociedad Radiodifusora Sky Land; la sociedad Albox S.A; la Sociedad Inversiones Monttoba, y varias cuentas de ahorros en dólares del Banco de Reservas.
El tribunal rechazó variar la medida de coerción a Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón tras considerar que estos no representan peligro de fuga y citaron como muestra que, según las actas de las audiencias estos siempre se han presentado.
Pero deberán pagar las costas del proceso y realizar el pago de una multa de 200 salarios mínimos.
El abogado Conrado Pittaluga Arzeno, el exsenador Andrés Bautista, el exsenador Tommy Galán y el exfuncionario Juan Roberto Rodríguez fueron favorecidos con la absolución del proceso judicial, pues de acuerdo con el tribunal, el Ministerio Público no presentó las pruebas suficientes para demostrar su acusación contra estos.
Las juezas ordenaron el levantamiento de las medidas de coerción contra estos ciudadanos a los que no se les retuvo responsabilidad penal.
Asimismo, se rechazó el decomiso de todos los bienes de estos ciudadanos declarados absueltos.
Las juezas dijeron que las pruebas aportadas por el Ministerio Público no despejaban todas las dudas razonables sobre la acusación a estas personas.
Las magistradas también dictaminaron la prescripción de contratos de financiamiento de las obras en las que Odebrecht supuestamente pagó sobornos para conseguirlas.
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