Junta Central Electo­ral valida actas del estado civil con errores mate­riales de escritura en letras o números

La Junta Central Electo­ral (JCE) dispuso la vali­dación, de oficio, de las actas del estado civil que contengan error mate­rial de escritura en letras o números, y que el mis­mo haya sido subsanado mediante sello de la ofi­cialía del estado civil en el mismo formato que el utilizado para su instru­mentación, siempre que el dato sea interpretado correctamente.

La medida fue dis­puesta en la resolución número 11/2021, del 25 de mayo del 2021, que subsana errores materia­les de las actas del estado civil y fija criterios para su validación, dentro del plan de eliminación del Trámite de Legalización de Actas (ETLA) que im­plementa de forma gra­dual.

En la resolución, la Junta valida también los datos contenidos en las actas del estado civil, y que por error material del escribiente, una letra o número figura sobrees­crita o levemente adulte­rada, y no fue sellada por el oficial civil, pero el sig­nificado del dato es inter­pretado inequívocamente. La resolución indica que en los casos en que el dato no esté legible, basta que en el folio homólogo lo esté para su validación.

También vali­da las fechas contenidas en las actas en número, abre­viaturas de lugares, nacio­nalidad, país, meses y omi­siones de algunos datos. En las motivaciones de la reso­lución, la Junta se apoya en una sentencia de la Supre­ma Corte de Justicia (SCJ), que estableció que las irre­gularidades cometidas por los oficiales del estado civil en las actas no pueden ser jamás imputables a las par­tes, debido a que no es por falta de ellas que son mal llevados los registros.

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