Ayer iniciaron cacería de vehículos que circulan sin el marbete; tendrían que pagar RD$6,667 toletes

Agentes de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) realizaron desde ayer amplios operativos en las principales calles y avenidas de la capital, luego de vencer el pasado martes el plazo para la renovación del marbete de circulación vehicular.

El vocero de la Digesett, Hilman Pimentel, advirtió que los agentes del organismo tendrán la potestad de retener o remolcar los vehículos que no hayan pagado el impuesto a tiempo.

El plazo para la renovación del marbete se extendió desde el 16 de septiembre al 16 de diciembre del año pasado, pero la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) decidió extenderlo hasta el 31 de diciembre para facilitar su adquisición a los propietarios de vehículos que no lograron ponerse al día con el pago del impuesto.

Pese a la extensión del plazo, la DGII informó que unos 60,081 vehículos quedaron sin renovar el marbete, por lo que a partir de esa fecha tendrán que pagar RD$2,000 de recargo.

Podrían pagar RD$6,667

Con el inicio de colocación de multas ante la falta del marbete, el pago del impuesto y el recargo por el vencimiento del plazo para adquirirlo, los conductores tendrían que pagar un monto de hasta RD$6,667 para volver a conducir sus vehículos.

La Digesett  precisó que la fiscalización del marbete está aún contemplada bajo las tarifas que otorga la antigua Ley de Tránsito 241-67, en la cual, acorde a un tarifario publicado en la página de la Digesett, establece que el rango a pagar de las multas ronda entre RD$1,000 y RD$1,667.

Además, en el caso de que el vehículo sea retenido, el conductor se verá obligado a pagar la multa, el marbete y el recargo.

Sumado a las multas, el pasado miércoles la DGII informó del recargo de RD$2,000 para los conductores que no hayan adquirido el marbete, a lo que se agrega el pago del impuesto ascendente a RD$1,500, para vehículos fabricados hasta el año 2014, y de RD$3,000, del 2015 en adelante.

La prohibición de circular sin el marbete está establecida en la Ley de Tránsito  63-17, en su artículo 189, numeral 13.

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