El leonelismo no da su brazo a torcer y aclara que el pacto del 2015 cierra el paso a la reelección de Danilo
El sector que encabeza el expresidente Leonel Fernández en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se no se deja amedrentar y mantuvo firme en su decisión de rechazo al sometimiento de una reforma constitucional para permitir la repostulación del presidente Danilo Medina.
Ayer, este sector del PLD, respondió a los miembros del Comité Político que el día anterior firmaron un documento en el que llamaban a la atención al presidente de la organización, y les recordó que la única decisión que ha tomado esa organización es el acuerdo firmado en el año 2015, para permitir la reelección del presidente Danilo Medina.
“Los compañeros participantes en la rueda de prensa sostuvieron que el compañero Leonel Fernández y quienes formamos parte de su estructura de apoyo, no respetamos las decisiones tomadas por los más altos organismos del partido”, dijo Radhamés Jiménez Peña quien leyó el documento a nombre de la facción del presidente del PLD, Leonel Fernández.
“¿A cuáles decisiones específicas se refieren los compañeros encabezados por nuestro secretario general? ¿Ha habido alguna decisión del alto organismo del partido para que haya un apoyo a la reforma constitucional?”, se preguntaron, para luego contestar que sobre ese particular, la única decisión tomada por los altos organismos del partido, fue el pacto de 15 puntos, suscrito por todos los miembros del Comité Político y ratificado por el Comité Central y la Asamblea Nacional de Delegados, en el año 2015.
“Todo esto confiere a esa decisión rango orgánico y estatutario dentro de nuestro partido, lo que significa que para poderlo modificar se requeriría la convocatoria de un congreso nacional de nuestra organización política. Más aún, esa decisión fue homologada mediante la sentencia 018-15, de fecha 18 de septiembre de 2015, del Tribunal Superior Electoral”, agrega.
El grupo del expresidente Fernández agrega que como consecuencia del acuerdo antes referido se produjo la reforma constitucional de 2015, cuyo artículo 124 reza así: ‘Un segundo periodo constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República’” indican.
“En adición a esa norma de nuestra Carga Magna, se le añadió el vigésimo transitorio, que dice así: ‘En el caso de que el presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016, sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período ni a la vicepresidencia de la República’”.
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